
Una persona puede tener en el sistema financiero deudas (préstamos o tarjetas de crédito), seguros (seguro de vida, seguro vehicular, seguro de desgravamen, etc) y ahorros (cuentas de ahorro, depósito a plazo fijo, cuentas CTS, etc.); y es importante que sus herederos sepan cómo pueden hacer para disponer de los ahorros y cobrar los seguros.
La Asociación de Bancos del Perú te da algunas recomendaciones para conocer toda esta información:
- ¿Dónde acudir?: La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) cuenta con el servicio gratuito “Herederos Informados” para reportar las deudas, depósitos y seguros que fueron contratados por una persona fallecida.
- Requisitos: los interesados deben presentar en la SBS, virtual o presencialmente teniendo en cuenta las restricciones por el Covid-19, el certificado de defunción, el testamento del fallecido o la sucesión intestada.
- Constancia: La SBS entrega:
- Certificado de pólizas: para conocer si el familiar fallecido contaba con algún seguro de vida o seguro de accidentes personales.
- Constancia de depósito: para tomar conocimiento de los depósitos a plazo fijo, ahorros, valores, documentos y objetos en custodia o contenidos en cajas de seguridad, etc. que el fallecido mantenía en el sistema financiero.
- Reporte de Deudas: lista los créditos contratados en el sistema financiero, los herederos podrían solicitar a la entidad financiera la aplicación del seguro de desgravamen, de acuerdo a lo establecido en la póliza de seguro.
Con este servicio, los herederos podrán acceder a toda esta información desde un solo lugar (SBS), no siendo necesario acercarse a cada una de las instituciones financieras.